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-Para vehículos no matriculados en España, porque son nuevos o usados de importación (placa roja S).
El permiso se concederá por un período improrrogable de un año, contado desde el primer día del mes siguiente a la fecha de su expedición.
es necesario que tengas un libro-talonario de boletines de circulación reconocido por la DGT. Antes de cada viaje deberás rellenar uno de los boletines de circulación con los datos del vehículo, conductor e informante del trayecto y personas que circulen.
Recuerde que el permiso temporal no ampara la circulación fuera del territorio nacional y su validez dependerá de las condiciones de reciprocidad entre Estados.
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OBLIGATORIO: PARA S
-Permiso temporal placas en vigor. (42.1.5H RGVEH)
- Boletín de circulación relleno. 45.1.5B
- Debe de constar la matricula ordinaria. 45.1.5.B (CUANDO NO SEA NUEVO)
- La empresa adquirente debe de constar como poseedor. 45.1.5B
- No puede transportar carga útil. (46.3.5C RGVEH)
- El conductor debe de permanecer a la empresa adquirente.(46.2.5C) CUANDO NO SEAN LOS POSIBLES COMPRADORES, VER SIGUIENTE APARTADO
- Todo vehículo de motor no matriculado que circule por las vías públicas con permiso y
placas temporales de empresa deberá ser conducido por el titular del permiso o persona a
su servicio, lo que deberá ser acreditado documentalmente, no siendo imprescindible que la
prestación de este servicio implique una relación laboral de carácter exclusivo.
Tan sólo podrán ser ocupados los vehículos por la persona o personas compradoras o
que pertenezcan a la entidad que pretenda adquirirlos o por los técnicos o mecánicos del constructor o vendedor, siempre que documentalmente se acrediten dichas circunstancias o
se haga constar así en el correspondiente boletín y no rebasen el número de tres.
El vehículo podrá ser conducido por el posible comprador o por su representante,
siempre que vaya a su lado el titular del correspondiente permiso temporal de empresa o un
conductor a su servicio. 46.2.5D
- Solamente se otorgan para transitar por el territorio nacional, siempre que se trate de realizar transportes, pruebas o ensayos de investigación o exhibiciones con personal técnico o con terceras personas interesadas en su adquisición. Cuando se utilizan para fines distintos 46.3.5B
- ITV en vigor. (48.4 RGVEH) se denuncia por el artículo 10
-Para vehículos en baja temporal por transmisión (placa roja V).
El permiso se concederá por un período improrrogable de un año, contado desde el primer día del mes siguiente a la fecha de su expedición.
es necesario que tengas un libro-talonario de boletines de circulación reconocido por la DGT. Antes de cada viaje deberás rellenar uno de los boletines de circulación con los datos del vehículo, conductor e informante del trayecto y personas que circulen.
Recuerde que el permiso temporal no ampara la circulación fuera del territorio nacional y su validez dependerá de las condiciones de reciprocidad entre Estados.
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OBLIGATORIO: PARA V
-Permiso temporal placas en vigor. (42.1.5H RGVEH)
- Boletín de circulación relleno. 45.1.5B
- Debe de constar la matricula ordinaria. 45.1.5.B
- El vehículo debe de estar de baja temporal por transmisión. (Si no esta de baja, aplicar las infracciones de la matricula ordinaria)
- La empresa adquirente debe de constar como poseedor. 45.1.5B
- No puede transportar carga útil. (46.3.5C RGVEH)
- El conductor debe de permanecer a la empresa adquirente.(46.2.5C) VER SIGUIENTE APARTADO.
- Todo vehículo de motor no matriculado que circule por las vías públicas con permiso y
placas temporales de empresa deberá ser conducido por el titular del permiso o persona a
su servicio, lo que deberá ser acreditado documentalmente, no siendo imprescindible que la
prestación de este servicio implique una relación laboral de carácter exclusivo.
Tan sólo podrán ser ocupados los vehículos por la persona o personas compradoras o
que pertenezcan a la entidad que pretenda adquirirlos o por los técnicos o mecánicos del constructor o vendedor, siempre que documentalmente se acrediten dichas circunstancias o
se haga constar así en el correspondiente boletín y no rebasen el número de tres.
El vehículo podrá ser conducido por el posible comprador o por su representante,
siempre que vaya a su lado el titular del correspondiente permiso temporal de empresa o un
conductor a su servicio. 46.2.5D
- Solamente se otorgan para transitar por el territorio nacional, siempre que se trate de realizar transportes, pruebas o ensayos de investigación o exhibiciones con personal técnico o con terceras personas interesadas en su adquisición. Cuando se utilizan para fines distintos 46.3.5B
- ITV en vigor. (48.4 RGVEH) se denuncia por el artículo 10
Las placas de matrícula verde se utilizan como permiso temporal de circulación para aquellos vehículos que aún no posean la matrícula definitiva, como por ejemplo en el caso de la compra y traslado de un vehículo extranjero a España o viceversa.
Placa verde de 10 días para traslado a la provincia de matrícula:
La matriculación definitiva se solicita en la Jefatura de Tráfico de la provincia en que el interesado tenga su domicilio legal. Si éste ha adquirido el vehículo en provincia distinta a aquella en que se pretende matricular, puede solicitar un permiso temporal que ampare la circulación hasta la provincia de destino.
Placa verde de 60 días para la matriculación definitiva del vehículo:
Se contemplan cuatro supuestos distintos:
- Cuando se haya adquirido el vehículo sin matricular en el extranjero.
- Cuando se haya adjudicado sin matricular, en subasta o por sentencia judicial.
- Cuando se haya adquirido sin carrozar.
- Cuando se haya adquirido con matrícula no española en España o en el extranjero.
Placa verde de 60 días para traslado del vehículo al extranjero:
Su finalidad es autorizar la circulación del vehículo y hacer posible su traslado al extranjero, a efectos de su matriculación definitiva en el país al que se dirija.
En caso de que el vehículo esté matriculado hay que tramitar previamente la baja por traslado a otro país. Las solicitudes de baja y de permiso temporal podrán solicitarse simultáneamente y en el caso de que exista imposibilidad de que el titular registral solicite la baja podrá hacerlo el interesado en el traslado del vehículo, acreditando la propiedad del mismo.
EN CASO DE QUE UN VEHÍCULO SEA TRASLADADO DE BAJA DEFINITIVA A OTRO PAIS CON PLACAS ROJAS, INFRINGE.
42.1.5A R.G. Vehículos.
Poner en circulación el vehículo reseñado sin haber obtenido el permiso de Circulación provisional. deberá especificarse el concreto incumplido detectado, dentro de las posibles opciones contempladas en el capitulo VI titulo III del RG Veh.
Procede inmovilización.
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